¿Cómo crear una licencia Creative Commons?

domingo, 23 de diciembre de 2012

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Creative commons es una corporación americana sin ánimo de lucro y que tiene como institución española afiliada la Universidad de Barcelona (UB). Precisamente de la adaptación a la legislación de España se encargó esta universidad. Estas licencias sobre la propiedad intelectual funcionan en España desde octubre de 2004.

Utilizar una licencia Creative Commons en vuestras obras os permite que éstas tengan Copy Right y, por tanto, os reconozcan como autores, pero cede ciertos derechos a terceras personas.

Existen distintos tipos de licencias creative commons en función de los derechos que queráis otorgar a los demás sobre vuestro trabajo. De esta forma, distinguimos diferentes condiciones:

Reconocimiento (attribution). Cuando incluyáis este símbolo en junto a vuestras canciones, los demás sabrán que para cualquier explotación de ese trabajo deberán reconoceros como autores.

No comercial (non commercial). Cualquier persona puede explotar vuestra obra siempre y cuando los usos que hagan de las canciones sean no comerciales.

Sin obras derivadas (no derivate works). Este símbolo indica que la autorización que dais a los demás para que exploten vuestra música no incluye la transformación, es decir, la creación de una obra derivada.

Compartir igual (share alike). La explotación que autorizáis con este icono sí permite la creación de obras derivadas a partir de la vuestra siempre y cuando éstas nuevas mantengan la misma licencia al ser divulgadas.


Ahora que ya conocéis el significado de cada icono, vamos a ver las 6 combinaciones posibles entre las que elegir:

Reconocimiento (by). Si elegís este símbolo como el único para vuestra licencia  permitís cualquier explotación de la canción: finalidad comercial, creación de obras derivadas y explotación sin restricción. Sin embargo, siempre deben reconoceros como autores de la obra original.

Reconocimiento-No comercial (by-nc).  Si esta es la licencia que seleccionáis los demás podrán hacer obras derivadas a partir de la vuestra, pero sin destinarla a usos  comerciales. Tampoco pueden utilizar vuestra canción, que es la original, con fines comerciales.

Reconocimiento-Compartir igual (by-sa). De esta manera otros pueden utilizar tanto la obra original como la derivada con fines comerciales, pero la distribución de ambas debe tener una licencia igual a la que regula la canción original.

Reconocimiento- Sin obra derivada (by-nd).  Con este tipo de licencia permitiríais el uso comercial de la canción original pero no lo la creación de otras derivadas a partir de la vuestra.

Reconocimiento-No comercial-Compartir igual (by-nc-sa). Si preferís esta licencia nadie podrá utilizara vuestra canción u otra derivada con fines comerciales. Además, en caso de que alguien haga una canción a partir de la vuestra (esto es lo que se conoce como obra derivada) la licencia elegida debe ser igual que la de la original obra original.

Reconocimiento-No comercial-Sin obra derivada (by-nc-nd). Así no dejaríais que nadie usara vuestra obra con fines comerciales ni tampoco que realizara una canción derivada de la vuestra.


Ahora que ya tenéis todos los conocimientos necesarios para seleccionar la licencia Creative Commons que más se ajuste a vuestras necesidades, os dejo el enlace donde podréis elegirla y registrar vuestra canción. Cada obra que registréis os otorga derechos sobre vuestro trabajo a nivel legal. Además, para que todo el que conozca vuestra obra sepa bajo que condiciones habéis registrado vuestros derechos de autor, deberéis incluir en vuestra web, cerca de cada obra registrada, el botón "Creative Commons". Así, todo el que pinche sobre ese botón reconocerá el tipo de licencia bajo la que habéis registrado la canción y sabrá que es lo que puede y lo que no puede hacer con ella.

Además os dejo el enlace de la página en español de Creative Commons para que no se os escape ningún detalle.

¡Animaos para que todos reconozcan vuestros derechos de autor!

Lorena de Gregorio

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